¿Cómo complementar su jubilación?
Ahorro salarial, PEE, PER (PERCOL, PERCAT, PERIN)
La jubilación es una de las grandes preocupaciones de los ciudadanos y, por lo tanto, de sus empleados, quienes son conscientes del deterioro del sistema de reparto y de la reducción continua del número de activos en proporción al número de jubilados.
Su empresa puede implementar soluciones colectivas para que, con su ayuda, sus empleados puedan constituir un complemento de jubilación con condiciones fiscales ventajosas.
Los planes de ahorro salarial
El Plan de Ahorro Empresarial (PEE, por sus siglas en francés) y el Plan de Ahorro para la Jubilación (PER, por sus siglas en francés) son planes de ahorro de adhesión voluntaria u obligatoria abiertos a todos los empleados. Permiten constituir un complemento para la jubilación.
Los pagos del empleado pueden completarse con una aportación de su empresa, limitada al 25 % del máximo anual de la seguridad social francesa (PASS, por sus siglas en francés). Los importes invertidos gozan de exenciones en las cotizaciones sociales, el impuesto sobre la renta y el impuesto sobre las plusvalías.
Cabe recalcar que la ley PACTE abolió recientemente la tasa social de 20 % sobre el ahorro salarial (sujeto a condiciones de plantilla), sobre las primas (empresas < 250 empleados), la participación en los beneficios y las aportaciones (empresas < 50 empleados).
PER
El PER (Plan de Ahorro para la Jubilación) es la nueva forma de inversión en ahorros destinada a los ahorros para la jubilación, vigente desde la adopción de la ley PACTE. A partir de octubre de 2019, reemplazará el PERP, Madelin, PERCO así como el Artículo 83 (aunque se seguirán comercializando hasta octubre de 2020). Ahora el PER se desglosa en 3 versiones: